Comprendiendo el tratado de 1870 Uruguay - España
Extracto:
Fuente: http://www.modusvivendis.com/index.php/?p=285
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¿Cuánto “vale” un tratado Internacional en España?
Vale más que una ley, vale como la Constitución española (así o determina la Constitución),
Cualquier abogado entenderá qué: ninguna norma de menor jerarquía puede modificar una de superior jerarquía. Léase: Ninguna ley (extranjería, en este caso) puede reformar un Tratado (el de 1870, por ej.).
¿Se aplica la ley de Extranjería a los Uruguayos?
No.
¿Por qué?
Porque ella misma dice que no se aplicará en caso de existir un Tratado internacional vigente. Y este es el caso de un pequeñísimo país sudamericano: Uruguay.
¿Qué ley se aplica para los uruguayos?
El Tratado de 1870.
¿Qué dice ese Tratado?
Dice que los españoles en Uruguay, son iguales a los uruguayos, y que, los uruguayos en España somos iguales a los españoles. Dice que somos iguales.
¿Entonces por qué tenemos tantos problemas?
Por un tema de “División de Poderes”. Veamos: En el Estado existen tres Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cada cual tiene sus funciones y ámbitos. Pues bien, el Poder Ejecutivo, por motivos políticos, aplica la Ley de Extranjería a todos los inmigrantes por igual, sin distinciones ni excepciones. Eso significa que, todas aquellas oficinas que dependan del Poder Ejecutivo español, aplicarán la Ley de extranjería mecánicamente.
¿Eso está bien?
No, está mal. A los uruguayos se nos debe aplicar el Tratado de 1870, se nos debe tratar igual que a los españoles.
¿Quién hace que se aplique ese Tratado?
El Poder Judicial. Los uruguayos deben recurrir a los tribunales españoles a pedir que se anulen todos los actos administrativos que les negaban sus derechos, que no aplicaban el Tratado de 1870. En todos los casos, los jueces han dictado sentencias favorables para los uruguayos. Hablan de “asimilados a españoles” etc., etc.
Los jueces españoles son quienes protegen nuestros derechos.
Los uruguayos somos la excepción a la Ley, y así lo entienden los jueces.
El derecho no es una ciencia exacta, pero el texto de la Constitución española, de la Ley y del Tratado de 1870 son sumamente claros al respecto.
(fuente: Procurador Fabián Modernell)
Vale más que una ley, vale como la Constitución española (así o determina la Constitución),
Cualquier abogado entenderá qué: ninguna norma de menor jerarquía puede modificar una de superior jerarquía. Léase: Ninguna ley (extranjería, en este caso) puede reformar un Tratado (el de 1870, por ej.).
¿Se aplica la ley de Extranjería a los Uruguayos?
No.
¿Por qué?
Porque ella misma dice que no se aplicará en caso de existir un Tratado internacional vigente. Y este es el caso de un pequeñísimo país sudamericano: Uruguay.
¿Qué ley se aplica para los uruguayos?
El Tratado de 1870.
¿Qué dice ese Tratado?
Dice que los españoles en Uruguay, son iguales a los uruguayos, y que, los uruguayos en España somos iguales a los españoles. Dice que somos iguales.
¿Entonces por qué tenemos tantos problemas?
Por un tema de “División de Poderes”. Veamos: En el Estado existen tres Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cada cual tiene sus funciones y ámbitos. Pues bien, el Poder Ejecutivo, por motivos políticos, aplica la Ley de Extranjería a todos los inmigrantes por igual, sin distinciones ni excepciones. Eso significa que, todas aquellas oficinas que dependan del Poder Ejecutivo español, aplicarán la Ley de extranjería mecánicamente.
¿Eso está bien?
No, está mal. A los uruguayos se nos debe aplicar el Tratado de 1870, se nos debe tratar igual que a los españoles.
¿Quién hace que se aplique ese Tratado?
El Poder Judicial. Los uruguayos deben recurrir a los tribunales españoles a pedir que se anulen todos los actos administrativos que les negaban sus derechos, que no aplicaban el Tratado de 1870. En todos los casos, los jueces han dictado sentencias favorables para los uruguayos. Hablan de “asimilados a españoles” etc., etc.
Los jueces españoles son quienes protegen nuestros derechos.
Los uruguayos somos la excepción a la Ley, y así lo entienden los jueces.
El derecho no es una ciencia exacta, pero el texto de la Constitución española, de la Ley y del Tratado de 1870 son sumamente claros al respecto.
(fuente: Procurador Fabián Modernell)
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