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Civ3: El que más larga la tiene, más... ...la mete

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  • Civ3: El que más larga la tiene, más... ...la mete

    ¿Os parece que la nueva legislación de Internet atenta contra la libertad de expresión?

    El futuro pertenece a quienes creen en la belleza de sus sueños.
    - Eleanor Roosevelt

  • #2
    Cuando un dedo señala la luna, los tontos miran el dedo. (del Mayo francés)

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    • #3
      Estoy plenamente de acuerdo con GerarDream:
      "Son españoles... los que no pueden ser otra cosa" (Cánovas del Castillo)
      "España es un problema, Europa su solución" (Ortega y Gasset)
      The Spanish Civilization Site
      "Déjate llevar por la complejidad y cabalga sobre ella" - Niessuh, sabio cívico

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      • #4
        Deberias haber puesto un enlace a la LSSI, que por cierto, creo que va tramitandose por el senado

        La obligación de guardar todos los emails durante 1 año (o asi) ha sido bien acogida por los fabricantes de discos duros (en serio, lei sus declaraciones)
        Trying to rehabilitateh and contribuing again to the civ-community

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        • #5
          Este año la suerte está de cara, vamos Barça!

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          • #6
            Para no ser menos...
            The Party seeks power entirely for its own sake. We are not interested in the good of others; we are interested solely in power. Not wealth or luxury or long life or happiness: only power, pure power.

            Join Eventis, the land of spam and unspeakable horrors!

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            • #7
              Publicado por: MAGR el Jueves, 07 de noviembre de 2002 (17:01:15)

              España tendrá que modificar la LSSIce

              Carlos Sánchez Almeida y Javier Maestre Rodríguez, abogados especialistas en Internet, han emitido un comunicado en el que opinan que el gobierno español deberá modificar la recientemente aprobada LSSIce para que la ley se adapte a una de las últimas directivas comunitarias.

              "El artículo 21 de la LSSICE prohíbe el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas, estableciéndose sanciones que pueden llegar hasta los 150.000 euros en caso de incumplimiento de dicha prohibición.

              Asimismo, el artículo 22 de la LSSICE dispone que si el destinatario de servicios debiera facilitar su dirección de correo electrónico durante el proceso de contratación o de suscripción a algún servicio y el prestador pretendiera utilizarla posteriormente para el envío de comunicaciones comerciales, deberá poner en conocimiento de su cliente esa intención y solicitar su consentimiento para la recepción de dichas comunicaciones, antes de finalizar el procedimiento de contratación. Tal consentimiento, que la ley exige sea prestado de forma expresa, puede ser revocado en cualquier momento.

              Como se deduce del actual texto legal, la vigente normativa no permite a las empresas la remisión de publicidad por vía electrónica sin consentimiento expreso, ni tan siquiera a los clientes habituales de las mismas, a diferencia de lo que establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que sí permite la remisión de publicidad por correo ordinario, siempre y cuando exista un consentimiento tácito por parte del cliente, por no haber formulado oposición a tal posibilidad.

              Pues bien, la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, aprobada el mismo día que la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico era publicada en el Boletín Oficial del Estado, regula las comunicaciones comerciales por vía electrónica en un sentido contrario a la vigente LSSICE. El artículo 13 de la Directiva dispone que cuando una persona física o jurídica obtenga de sus clientes la dirección de correo electrónico, en el contexto de la venta de un producto o de un servicio, esa misma persona física o jurídica podrá utilizar dichas señas electrónicas para la venta directa de sus propios productos o servicios de características similares, a condición de que se ofrezca con absoluta claridad a los clientes, sin cargo alguno y de manera sencilla, la posibilidad de oponerse a dicha utilización de las señas electrónicas en el momento en que se recojan las mismas y, en caso de que el cliente no haya rechazado inicialmente su utilización, cada vez que reciban un mensaje ulterior.

              De conformidad con el artículo 17 de la Directiva 2002/58/CE, el Estado Español debe incorporar la nueva regulación a su derecho interno, antes del 31 de octubre de 2003. Ello puede suponer una situación de inseguridad jurídica para las empresas españolas, dado que hasta la indicada fecha, podrían ser objeto de sanción por el envío de e-mails publicitarios a sus propios clientes. Una conducta lícita para la Unión Europea, pero que está prohibida en España en tanto en cuanto no sea modificada la LSSICE."

              Barcelona, 4 de Noviembre de 2002
              El futuro pertenece a quienes creen en la belleza de sus sueños.
              - Eleanor Roosevelt

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              • #8
                Ahora si Alfonso
                Este año la suerte está de cara, vamos Barça!

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                • #9
                  Bueno, a mí me revientan soberanamente las pelotas los mails con publicidad. Yo jamás lo he hecho porque no me gusta joder a los demás (fuera del foro). Y además probablemente tenga un prejuicio contra la publicidad (aunque casi que vivo de ella), sin embargo, me parece que libertad de expresión y publicidad son dos términos que no tienen por qué ir juntos.
                  Cuando un dedo señala la luna, los tontos miran el dedo. (del Mayo francés)

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                  • #10
                    Los articulos polemicos no son esos, si no los referidos a la privacidad del correo electronico de los usuarios: los proveedores (ISP) deben guardalos durante no se cuanto tiempo...
                    Trying to rehabilitateh and contribuing again to the civ-community

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